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sábado, 13 de agosto de 2011


1. Etimología del vocablo Llaquipampa o Laquipampa
    Vocablo quechua que significa “la pampa de los llantos” (Llaquipampa). Posteriormente se cambió Llaquipampa por Laquipampa.

2. Su Creación y Recategorización
         Nuestro País dentro de su marco legal cuenta con la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y el artículo 1 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las áreas naturales protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país.
RUTAS DE ACCESO DEL
REFUGIO DE VIDA SILVESTRE
DE LAQUIPAMPA

     El Ministerio de Agricultura, previa opinión técnica favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, es el órgano gubernamental que establece de forma transitoria zonas reservadas en aquellas áreas que reuniendo las condiciones para ser consideradas como áreas naturales protegidas, requieren de la realización de estudios complementarios para determinar, entre otras, la extensión y la categoría que les corresponderá como tales.
2.1. Creación
               Es así que con fecha 05 de octubre de 1982. se estableció la Zona Reservada Laquipampa  mediante  R.M. Nº 00692 – 82 – AG / DGFF.


2.2. Recategorización
   Posteriormente se recategorizó  mediante Decreto Supremo Nº 045 – 2006 – AG, el 6 de julio del 2006.




3. Ubicación.
        El Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa de ubica dentro de la  jurisdicción territorial del  distrito de Inkawasi, perteneciente a la provincia de Ferreñafe , dentro del ámbito de la región Lambayeque.

4. Extensión Superficial
         El Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa comprende una extensión territorial de 8,328.64 hectáreas. ubicados dentro del Distrito de Inkawasi.

5. Finalidad 
  • Preservar parte del  Bosque Seco del Noroeste, que sirve como hábitat a la pava aliblanca, oso de anteojos, cóndor andino y otras especies de aves endémicas.
  • Promover la  investigación científica y/o tecnológica del comportamiento, manejo, reproducción en cautiverio y repoblamiento de la pava aliblanca y otras especies de flora y fauna del lugar.
  • Intensificar las acciones comunales en la gestión del área y otras acciones conducentes a la conservación de la diversidad biológica.
6. Su Administración
      A cargo del Ministerio de Agricultura a través del Instituto Nacional de Recursos Naturales–INRENA, en estrecha coordinación con el Gobierno Regional Lambayeque, Municipios, el Instituto Nacional de Cultura – INC, Instituciones Publicas y Privadas, y la Sociedad Civil Organizada.

7. Altitud
La altitud del Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa va de los 240 a los 2600 m.s.n.m.

8. TEMPERATURA : 
28ºC

9. Hidrografía
Este espacio geográfico es regado por las aguas de los Ríos Moyán y Sangana; al unirse aguas abajo forman el río La Leche.

10. Características del hábitat
  • El Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa incluye altitudes que van desde los 400m hasta los 2.600m.
  • Presenta hábitats formados por bosques secos ecuatoriales entre 500 y 2000m, con vegetación más húmeda restringida a los numerosos pequeños valles a altitudes mayores.
  • El hábitat principal es la formación vegetal “Bosque seco de colinas”, formada mayormente de Palo Santo (Bursera graveolens), Hualtaco (Loxopterygium huasango) y Pasallo (Eriotheca discolor), y el “Bosque seco de altura” (quebrada Shambo), el cual es mucho más húmedo que el anterior.

11. Ruta de acceso 
     Ruta Ferreñafe–Pítipo, atravesando los caseríos Batangrande, Motupillo, La Traposa, Mayascón, Mochumí Viejo, La Libertad , La “U” y El Algarrobito hasta llegar a la Comunidad San Antonio de Laquipampa. El trayecto demora aproximadamente 4 horas desde la ciudad de Chiclayo, capital de departamento.

12. Ecoregiones
El Refugio de Vida Silvestre de Laquipampa presenta la ecoregión denominada Bosque Seco Ecuatorial.

13. Zonas de vida
  • Bosque Seco
  • Matorral Desértico
  • Monte Ribereño.
14. Biodiversidad
a. Flora
  • Principales especies de flora: palo santo, overo, pasallo, huayrul, higuerón, cerezo, hualtaco, sapote, palo blanco, palo colorado, hierba santa, faique, cedro.
  • Frutales: pitajilla y chirimoya;
  • Plantas medicinales: overo y flor blanca.
  • Plantas para tintes: nogal y pasallo
  • Especies de bosque seco: hualtaco, guayacán y palo santo. Estas especies han sido depredadas en toda la costa norte.
b. Fauna
Principales aves a observar
oso andino de anteojos
Es posible también observar al oso andino o de anteojos (tremarctos ornatus) en esta área protegida.
-Especies clasificadas como vulnerables: pava barbada, paloma ventriocrácea, rascahojas Capuchirrufa y limpia-follaje cuellirufo.
-Especies casi amenazadas: loro de cabeza roja, carpintero guayaquileño, urracas y picaflores.
-Mamíferos: venado de cola blanca, gato montes, oso hormiguero, sajínos.
-Aves: 157 especies, 33 endémicas.
-Reptiles: 17 especies
-Anfibios: 2 especies

15. Pava aliblanca
        Especie clasificada como críticamente amenazada de extinción, siendo una de las 4 especies más amenazadas del Perú. Sólo quedan 350 de esta especie en todo el mundo, encontrándose 20 ó 25 en esta zona. Esta ave es una especie endémica de la región norte del Perú, particularmente del departamento de Tumbes, Ecoregión Bosque Seco Ecuatorial. Para su recuperación se tiene pensado poner en funcionamiento un corredor biológico que vaya desde la parte alta de Laquipampa hasta los algarrobales del Bosque de Pómac, pero primero se debe tratar el problema de las zonas agrícolas que circundan estos terrenos.

15.1. Clases de Pavas en la Zona Reservada
  • Los crácidos
Familia de pavas silvestres , que incluyen también al pavo doméstico, se han convertido en ejemplares que fascinan a biólogos, ecólogos, conservacionistas, criadores y ... claro está, a ornitólogos del mundo entero. Consideradas por muchos como aves maravillosas, por su tamaño, línea y elegancia.
  • Pava aliblanca (Penelope albipennis)
La pava aliblanca (Penelope albipennis), especie que se creyó extinta durante más de 100 años, fue redescubierta en 1977 y se encuentra protegida en los bosques secos de Laquipampa, Lambayeque. Originalmente, la pava aliblanca habitó en los manglares pero, debido a la interferencia del hombre, se refugió en las quebradas húmedas de los bosques secos del norte.

17.Recursos culturales
Cuenta con representaciones arqueológicas y petroglifos correspondientes a civilizaciones andinas durante el periodo Formativo, de 1000 a 800 años a.C.

18. Turismo
-  Cáscada de Lajas
-  Circuitos:
*De observación de pavas aliblancas: la zona de avistamiento de estos animales se encuentra en Lajas, a tres kilómetros de Laquipampa, 800 m.s.n.m. Mayormente se pueden apreciar entre las 5:30 a 8:00 am y de 4:00 a 6:00 pm.
De observación de pava parda: se realiza en la quebrada de Shambo, a 1100 m.s.n.m.
*Cascadas de Lajas: a 20 minutos de caminata desde la oficina de la Reserva, en el mismo Laquipampa. Las cascadas son 4 caídas de agua que caen en pozos de 2 a 2,5 metros de profundidad, cuyas aguas templadas son más refrescantes en los meses de enero a abril.
*De observación de oso de anteojos: se lleva a cabo a 1680 m.s.n.m.
Zona arqueológica El Reloj: a 1680 m.s.n.m. también.

19. Problemática

  • Ganadería y agricultura en los linderos del Refugio.
  • Escaso control por parte de los guardaparques debido a la escasez de éstos.
  • Dificultad en el acceso.
  • Extracción de algarrobos.

20. RELATO DE UN VISITANTE
Son las 6:00 de la mañana, leo el itinerario, y el reto es llegar a la reserva de Laquipampa, a 75 kilómetros de Chiclayo y a tres horas de la iudad capitalde la Provincia de Ferreñafe. Una hora después un equipo de periodistas de Lima, Lambayeque y Trujillo levantamos mochilas y partimos; en el trayecto le dimos un vistazo a la antigua casa hacienda de Juan Aurich Pastor, dueño de la azucarera Pucalá.
Sus instalaciones se parecen a las de Casa Grande, claro que en menor dimensión. Al vuelo, sus ocupantes nos cuentan algo de historia y seguimos el viaje. El chofer del bus, para alegrar a sus ocasionales ocupantes, pone una secuencia de salsas "colochas" como decía un amigo de radio, queriendo decir que eran antiguas, pero buenazas y bailables.
Así, el carro abre paso entre cañaverales, chacras de maíz, ají, yuca y otros cultivos que no logro identificar. A las 9:46 llegamos a la ex hacienda Mayascón – Batán Grande, caserío de Pítipo, provincia de Ferreñafe, otrora productora de chocolate de reconocida calidad en el país.
Los antiguos pobladores aún guardan gratos recuerdos de la próspera hacienda que producía 80 quintales de cacao, que eran trasformados en exquisitos manjares. Ellos aún conservan parte de la infraestructura de la fábrica y su antigua iglesia, mudos testigos de la prosperidad de esta zona.
Aquí la comitiva se detiene para el aprovisionamiento de agua, algunos periodistas aprovechan para colocarse bloqueadoros de rayos solares. Nos indican que haremos una primera caminata –antes de ir a nuestro destino- a un lugar paradisíaco.
Susana Menéndez, representantes de Promperú, apura su paso en la calle principal en busca de un guía para la escalada. El sol es radiante y la curiosidad por explorar nuevos horizontes para el turismo nos anima. Todo está listo. Un respiro profundo y a parar en Jagüey; el guía es -nada menos que- Ramón Carrillo de los Santos, agente municipal del caserío.
Luego de recorrer un camino sinuoso durante 30 minutos ingresamos a las pozas de agua cristalina de Jagüey. La frescura de la naturaleza y la tranquilidad del lugar contrastan con la tecnología de las cámaras de fotografía digital que no dejan un detalle sin registrar. Lo pintoresco del lugar me lleva a concluir que se trata de una buena alternativa para el turismo de naturaleza y el trekking.
UBICACIÓN DEL REFUGIO DE VIDA
SILVESTRE DE LAQUIPAMPA
A las 11:40 partimos de Mayascón, media hora después cruzábamos el pueblo Mochumí Viejo y a la 1:00 de la tarde observamos los primeros indicios de la reserva Laquipampa, el jardín botánico El Higuerón y un mural pintado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena) con detalles de este paisaje.
Sin darnos cuenta habíamos pasado de un distrito a otro, estábamos en Inkahuasi, en la misma provincia de Ferreñafe. Recorrimos media hora más por la ribera del río Inkawasi, afluente del río La Leche, e ingresamos a la zona urbana de Laquipampa.




Otro guía nos conduce a la reserva que se comprende 11 mil 346 .90 hectáreas. Todos somos concientes que el tiempo no alcanzará para recorrer la enorme reserva.
Esta vez, el guía es Jorge Paico de la Cruz, un guardaparques voluntario. Antes de partir, nos explica las innumerables potencialidades y bondades de la reserva, razón por la cual es visitada por naturalistas nacionales y extranjeros.
Es reconocida como reserva el 5 de octubre de 1982, con el propósito de proteger y recuperar la pava aliblanca (Penélope albipennis), especie oriunda del Perú, que se encuentra en peligro de extinción.
El itinerario implicaba visitar las Cataratas de Lajas, ubicadas a 500 metros de Laquipampa. Durante el desplazamiento pudimos observar el revoleteo de las pavas, ahora mansas y sin el riesgo de ser atrapadas por los cazadores furtivos que guardaron sus armas en el baúl del recuerdo.
Mientras caminamos, Paico de la Cruz nos cuenta que las pavas aliblancas se concentran en determinados lugares como las quebradas Negrahuasi, del Reloj-sector Lajas y del Shembo. También enumera otras especies de fauna nacional que los guardabosques protegen como oro. Entre ellos señala al oso de anteojos u oso andino, el cóndor andino, el buitre real, el sajino, el shihui u oso hormiguero, el loro esmeralda y el loro de cabeza roja. Además, venados, zorrillos y otros.
La flora es variada y destacan las especies del bosque seco como el hualtaco, el guayacán y el palo santo, depredadas en toda la costa norte.
Nos explica que una visita a Laquipampa requiere de dos días para recorrer los sitios validados como turísticos y de investigación: el Cerro Reloj, cuya sombra marca exactamente las 12 del mediodía; la Quebrada Shembo, observatorio de pavas aliblancas y pardas, una variedad de flores silvestres y un paisaje impresionante. También Corral Grande, donde la flora y fauna silvestre convierten en un destino de ensueño a este lugar. Cuando Paico termina su narración, hemos llegado a las cataratas. La configuración geográfica de cada una le imprime características singulares.
Las lluvias en la sierra aumentaron el caudal del río, por ende, las corrientes de agua y caídas son más atractivas para los visitantes. En medio del bullicio del agua, los reporteros gráficos utilizan su ingenio para registrar las mejores fotografías.
Luego retornamos al pueblo, donde una mujer nos aguardaba con un suculento almuerzo: arroz con menestra y una presa de pato. Así terminó este viaje, una gran experiencia, impregnada de gratos recuerdos.


Categorizan de forma definitiva la Zona Reservada Laquipampa como “Refugio de Vida Silvestre Laquipampa”, ubicado en el departamento de Lambayeque
DECRETO SUPREMO Nº 045-2006-AG
(*) El Anexo del presente Decreto Supremo ha sido publicado el 11 julio 2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;
Que, el artículo 1 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y el artículo 1 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las áreas naturales protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país;
Que, el artículo 13 de la referida ley, así como, el artículo 59 de su Reglamento establecen que el Ministerio de Agricultura, previa opinión técnica favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, podrá establecer en forma transitoria zonas reservadas en aquellas áreas que reuniendo las condiciones para ser consideradas como áreas naturales protegidas, requieren de la realización de estudios complementarios para determinar, entre otras, la extensión y la categoría que les corresponderá como tales;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00692-82-AG/DGFF, se estableció la Zona Reservada Laquipampa sobre una superficie de once mil trescientas cuarenta y seis hectáreas y nueve mil metros cuadrados (11 346.90 ha), ubicada en el ámbito del distrito de Incahuasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque;
Que, la Zona Reservada Laquipampa se establece con el objetivo de proteger el área representativa de bosques secos del noroeste que son el hábitat de la pava aliblanca (Penelope albipennis), oso de anteojos (Tremarctos ornatus), cóndor andino (Vultur gryphus) y otras especies endémicas de aves, además de realizar investigaciones científicas y/o tecnológicas del comportamiento, manejo, reproducción en cautiverio y repoblamiento de la pava aliblanca y otras especies floro faunísticas del lugar;
Que, el área se encuentra en una zona prioritaria para la conservación de la diversidad biológica nacional, identificada en el estudio sobre “ Diversidad Biológica del Perú - Zonas Prioritarias para su Conservación” (1996) y en la “ Estrategia Nacional para las Áreas Naturales Protegidas - Plan Director”, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-99-AG, y se identifica como un área representativa del bosque seco de montaña y sus zonas de vida transicionales;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 033-2002-INRENA-DGANP se reconoce al Comité de Gestión del Santuario Nacional Bosque de Pómac y Zona Reservada Laquipampa;
Que, la Comunidad Campesina San Antonio de Laquipampa, apoyó al personal del área para la realización de una serie de talleres, reuniones y conversatorios locales y uno con el Comité de Gestión, con el fin de recolectar información de la zona y a la vez de hacer de su conocimiento la información técnica sobre el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, con el objetivo de fortalecer su conocimiento al respecto;
Que, los estudios realizados determinan que el área a categorizar es de ocho mil trescientas veintiocho hectáreas y seis mil cuatrocientos metros cuadrados (8 328,64 ha);
Que, el área de estudio contiene una gran cantidad y diversidad de especies de flora y fauna en peligro y endémicas, lo que la convierte en una zona de suma importancia para la conservación a nivel nacional; asimismo, sus paisajes y ecosistemas, típicos de bosque seco, se encuentran por lo general inalterados, por lo que resulta importante protegerlos para conservar la biodiversidad que éstos albergan;
Que, adicionalmente a su belleza escénica y paisajística, se encuentra la existencia de especies identificadas en el Decreto Supremo Nº 034-2004-AG como especies amenazadas prohibiendo su caza, captura, tenencia, transporte o exportación con fines comerciales, en las siguientes categorías: En peligro Crítico (CR): Penelope albipennis “pava aliblanca”; En Peligro (EN): Penelope barbata “pava barbada”, Tremarctos ornatus “oso de anteojos”; En Situación Vulnerable (VU): Syndactyla ruficollis “tico tico cuellirrufo”; Casi Amenazado (NT): Falco peregrinus “halcón peregrino”, Aratinga erythrogenys “loro de frente roja”, Campephilus guayaquilensis “carpintero”, Puma concolor “puma”;
Que, mediante Oficio Nº 1134-2005-INRENA-J-IANP y sobre la base de los estudios técnicos, así como, del proceso participativo desarrollado a través de talleres de consulta en los que intervinieron la población local colindante, sus autoridades locales, su comité de gestión y el INRENA, a través de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, según consta de los Oficios Nº 687-2005-INRENA-IANP/DPANP del 1 de agosto de 2005 e Informe Nº 222-2005-INRENA-IANP/DPANP del 1 de agosto de 2005 y Nº 331-2006-INRENA-J-IANP del 13 de marzo de 2006 e Informe Nº 087-2006-2006-INRENA-IANP/DPANP del 8 de marzo de 2006; recomienda categorizar la mencionada Zona Reservada Laquipampa como Refugio de Vida Silvestre Laquipampa con ocho mil trescientas veintiocho hectáreas y seis mil cuatrocientos metros cuadrados (8 328,64 ha);
Que, el literal e) del artículo 22 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, concordado con el artículo 54 de su Reglamento, señala que los Refugios de Vida Silvestre son áreas que requieren intervención activa con fines de manejo, para garantizar el mantenimiento de los hábitats, así como para satisfacer las necesidades particulares de determinadas especies, como sitios de reproducción y otros sitios críticos para recuperar o mantener las poblaciones de tales especies;
Que, atendiendo a lo establecido por lo normado mediante la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento; y, la Estrategia Nacional para las Áreas Naturales Protegidas - Plan Director, es necesario precisar que el establecimiento de áreas naturales protegidas no afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas y que su ejercicio debe hacerse en armonía con los objetivos y fines para los cuales ellas fueron creadas;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y lo dispuesto por el artículo 42 de su Reglamento, la categorización definitiva de las áreas naturales protegidas se realizará mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, previa opinión técnica favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- De la Categorización de la Zona Reservada Laquipampa
Categorícese de forma definitiva la Zona Reservada Laquipampa como “Refugio de Vida Silvestre Laquipampa” sobre la superficie de ocho mil trescientas veintiocho hectáreas y seis mil cuatrocientos metros cuadrados (8 328,64 ha) ubicado en el distrito de Incahuasi, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque.
Artículo 2.- De los objetivos del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa
El Refugio de Vida Silvestre Laquipampa tiene como objetivo general conservar una muestra representativa del bosque seco de montaña y sus zonas de vida transicionales, los procesos evolutivos que en ellas se desarrollan, así como especies en peligro de extinción, entre las que destaca la pava aliblanca (Penelope albipennis) cuyo manejo requerirá una intervención activa para garantizar el mantenimiento de su hábitat.
Así mismo, tiene como objetivos específicos los siguientes:
- Proteger los cursos de agua que se encuentran al interior del área natural protegida, los cuales además de los valores y servicios ambientales que prestan, constituyen un recurso necesario para el mantenimiento del hábitat de la pava aliblanca.
- Preservar la riqueza y belleza paisajística de la zona.
- Desarrollar trabajos de investigación de la diversidad biológica, educación, turismo en áreas determinadas y otras de manejo indirecto.
- Fortalecer las capacidades locales en la gestión del área y de otras acciones conducentes a la conservación de la biodiversidad en su interior y en la zona colindante.
- Mantener las relaciones con los pobladores locales, prestando respaldo técnico.
Artículo 3.- De los derechos adquiridos
Respétense los derechos reales adquiridos con anterioridad al establecimiento de la Zona Reservada Laquipampa, y regúlese su ejercicio en armonía con los objetivos y fines del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa, y lo normado por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento y la Estrategia Nacional para las Áreas Naturales Protegidas - Plan Director.
Artículo 4.- De las restricciones al interior del Refugio de Vida Silvestre Laquipampa
Queda prohibido el establecimiento de nuevos asentamientos humanos al interior del “Refugio de Vida Silvestre Laquipampa”, así como el otorgamiento de nuevos derechos que impliquen el aprovechamiento  directo de recursos naturales no renovables o la ampliación de los ya existentes.
Artículo 5.- De los refrendos y vigencia
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de julio del año dos mil seis.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

MANUEL MANRIQUE UGARTE

Ministro de Agricultura
Anexo de Decreto Supremo que categoriza de forma definitiva la Zona Reservada Laquipampa como “Refugio de Vida Silvestre Laquipampa”, ubicado en el departamento de Lambayeque

 DECRETO SUPREMO Nº 045-2006-AG
El Decreto Supremo de la referencia se publicó el 11 de julio de 2006
ANEXO
MEMORIA DESCRIPTIVA Y MAPA DEL REFUGIO DE VIDA SILVESTRE LAQUIPAMPA
Superficie:
Ocho mil trescientas veintiocho hectáreas y seis mil cuatrocientos metros cuadrados (8 328,64 ha).
Base Cartográfica:         Carta Nacional IGN 1/100,000
Código      Nombre         Datum         Zona
13-d           Jayanca         WGS 84    17
13-e           Incahuasi       WGS 84    17
Carta catastral 1/25 000 elaborada por el PETT
Código          Datum       Zona
13-d-II-SE     WGS 84         17
13-e-III-SO   WGS 84         17
Límites:
Norte
Partiendo del punto Nº 1, ubicado en la cumbre del cerro El Cacho (La Punta), se sigue en dirección Sureste por divisoria de aguas hasta el punto Nº 2, punto desde el cual se prosigue en dirección Este por la quebrada Sal Si Puedes hasta el punto Nº 3.
Este
Desde el último punto descrito, se continúa en dirección sur por el canal Ajos hasta llegar al punto Nº 4, prosiguiendo en dirección Este colindando con parcelas de terceros mediante una línea sinuosa hasta alcanzar el punto Nº 5 , prosiguiendo en dirección Sureste por la quebrada Sal si puedes hasta alcanzar el punto Nº 6 desde donde se continúa por el canal Huayrul hasta el punto Nº 7 desde donde se prosigue en dirección Sureste mediante una línea recta hasta alcanzar el Punto Nº 8 y continuar en línea recta hasta el punto Nº 9 continuando por el canal Caracucho hasta alcanzar el punto Nº 10 y, a partir del cual, se continúa en dirección Este colindando con parcelas de terceros por medio de una línea sinuosa hasta alcanzar el punto Nº 11, continuando luego por el canal Mango hasta el punto Nº 12, continuando por el canal San Antonio hasta el punto Nº 13 y prosiguiendo en dirección Suroeste por el canal San Antonio hasta alcanzar el punto Nº 14, para luego continuar en dirección Este mediante una línea recta hasta el punto Nº 15, desde este punto el límite prosigue por la margen derecha del río Moyan hasta el punto Nº 16 y luego continúa por el canal Juan Mesones I hasta el punto Nº 17, continuando luego por dirección Sureste mediante línea recta hasta el punto Nº 18 y continuando por el canal Juan Mesones II hasta el punto Nº 19, para luego proseguir por la margen derecha del río Moyan hasta el punto Nº 20 y continuando en dirección Sur por el canal Pablo Mesones hasta el punto Nº 21.
Sur
Partiendo desde el último punto descrito se continúa en dirección Suroeste por el canal San Luis hasta el punto Nº 22, continuando por la prolongación del canal San Luis y en línea recta se llega hasta el punto Nº 23 y luego mediante línea recta hasta el punto Nº 24 ubicado en el cerro La Virgen y se continúa en dirección Noroeste mediante una línea recta por la prolongación del canal San Luis hasta el punto Nº 25 y prosiguiendo en dirección Sur en línea sinuosa a la prolongación del canal San Luis hasta el punto Nº 26, para luego continuar en dirección Suroeste en línea sinuosa a la prolongación del canal San Luis hasta el punto Nº 27, continuando en dirección Sur del mismo canal hasta el punto Nº 28, para luego continuar en dirección Suroeste por el canal La Sombrilla hasta el punto Nº 29 continuando en dirección Sureste por este último canal hasta el punto Nº 30 para luego proseguir por la margen derecha del río La Leche hasta el punto Nº 31 para luego continuar por el canal La Calera hasta el punto Nº 32, desde donde se continúa en línea recta de dirección noroeste y luego mediante otra línea recta hasta el punto Nº 33 y luego al Nº 34 y mediante línea recta de dirección sur hasta el punto Nº 35 el punto Nº 36 y luego en dirección Suroeste por el límite de la comunidad campesina de San Antonio de Laquipampa hasta el punto Nº 37, continuando por el límite de esta comunidad hasta el punto Nº 38 y continúa por el canal Barreto hasta el punto Nº 39 ubicado en el sector La Tranca.
Oeste Desde el último punto descrito, el límite prosigue mediante línea sinuosa hasta el punto Nº 40, y continuando en dirección Noreste alcanzando la divisoria de aguas de los cerros Huaca Rajada, pasando por el cerro Caña Brava continuando hasta el punto Nº 41 y luego continuando en dirección norte por divisoria de aguas pasando por el cerro Chacuapampa hasta alcanzar el punto Nº 1, punto inicial de la presente memoria descriptiva.